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Deberes y derechos
Deberes y derechos
Publicado 19 sept. 2024
Además de los derechos consagrados en la Ley, el Estatuto de los FBU, las normas concordantes y las disposiciones que regulan los fondos rotatorios, los usuarios gozan de los siguientes derechos, condicionados al cumplimiento de los deberes:
Derechos de los/las afiliados/as a los fondos
- Hacer uso, conforme a las disposiciones vigentes, de los servicios, eventos y beneficios que los Fondos de Bienestar Universitario tienen definidos para sus usuarios.
- Elegir y ser elegidos/as como delegados/as a la Asamblea del FBU, miembros de la Junta Administradora de este, miembros de los comités administradores de los fondos rotatorios.
- Asistir a las asambleas generales de los FBU a las que sean convocados/as.
- Asistir a las reuniones de la Junta Administradora del FBU, de los comités administrativos de los fondos rotatorios a las que sean convocados/as
- Participar en las actividades programadas por los Fondos de Bienestar Universitario que tengan carácter abierto a los usuarios.
- Recibir información oportuna de la gestión de los Fondos de Bienestar, según la normatividad vigente.
- Presentar sus reclamos ante los organismos correspondientes, con la debida sustentación.
- Presentar proyectos e iniciativas que tengan por objeto el fortalecimiento de los Fondos de Bienestar.
- Recibir respuesta a sus solicitudes de servicios, según los tiempos establecidos.
- Retirarse voluntariamente de los Fondos de Bienestar Universitario.
Deberes de los/las afiliados/as de los fondos
Los usuarios de los Fondos de Bienestar de la Universidad de Antioquia se comprometen a:
- Acatar el Estatuto del FBU, sus reglamentos, así como las disposiciones que regulen el funcionamiento de los fondos Rotatorio de Vivienda y de Calamidad y necesidades especiales.
- Acoger las disposiciones emanadas del Consejo Superior Universitario y de los organismos de administración y control, referidas al funcionamiento de los fondos.
- Tener en cuenta las disposiciones de la Asamblea General, de la Junta Administradora de los FBU y de los comités administradores de los fondos rotatorios.
- Suministrar a las demás dependencias de la Universidad de Antioquia los informes que les solicite en calidad de usuarios de los servicios de los Fondos de Bienestar Universitario y mantenerla informada sobre los cambios de dirección de residencia o de correspondencia, números telefónicos y dirección electrónica.
- Desempeñar eficiente y responsablemente los cargos para los cuales sean elegidos/as o designados/as.
- Asistir puntualmente a las asambleas generales a las que sean convocados/as y actuar en ellas en procura del bienestar general de los/las beneficiarios/as de los fondos.
- Cumplir con la debida oportunidad las obligaciones económicas adquiridas con los Fondos de Bienestar Universitario: pago de aportes, pago de cuotas de amortización, ordinarias y extraordinarias.
- Tratar con respeto a todos/as los/las usuarios/as de los Fondos de Bienestar Universitario y a los/las empleados/as que atienden directamente las solicitudes de servicio.
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