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Prácticas académicas
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Procedimiento para la matrícula y realización de práctica
DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Además del cumplimiento de los deberes contemplados en el Acuerdo Superior N° 1 de 1981 Reglamento estudiantil, los estudiantes matriculados en las prácticas deben:
1. Conocer, estudiar y cumplir el Proceso de Prácticas Académicas de la Facultad de Artes.
2. Cumplir con las horas de práctica en la Institución, de asistencia a las asesorías, cursos y seminarios programados de acuerdo con este reglamento en la modalidad de práctica que le corresponde.
3. Presentar los informes y productos definidos, de acuerdo al tipo de práctica.
4. Inscribirse en la plataforma de prácticas académicas universitarias.
5. Aportar todos los documentos de carácter legal que sean necesarios para la correcta ejecución de la práctica. El estudiante para realizar su práctica debe tener una póliza de riesgos laborales (ARL), la afiliación la hará el sitio de práctica y cuando no sea posible la asumirá la Universidad, y estar afiliado al sistema de seguridad social en salud en cualquiera de sus regímenes.
6. Desempeñar con eficiencia las tareas académicas, administrativas, pedagógicas, artísticas y culturales que les sean encomendadas, de acuerdo con las diferentes modalidades de práctica académica.
7. Dar un trato cortés y respetuoso a los compañeros, profesores y asesores; así como a las demás personas con las cuales tenga relación en el marco de su práctica académica.
8. Conservar en buen estado documentos, materiales didácticos, equipos, muebles y bienes que le sean encomendados.
9. Tener en cuenta las sugerencias y recomendaciones para la formación profesional y personal dada por el asesor de práctica y el asesor cooperador.
10. Conservar una presentación personal apropiada con el lugar de práctica.
11. Utilizar los canales regulares de comunicación para la solución de conflictos a saber: asesor, coordinador, Comité de Práctica, Comité de Carrera y Consejo de Facultad.
12. los demás deberes contemplados en el convenio respectivo.
OTROS DERECHOS
Además de los derechos que tienen de conformidad con el Acuerdo Superior N° 1 de 1981, Reglamento estudiantil de Pregrado, los estudiantes matriculados en práctica tienen derecho a:
1. Conocer este reglamento de manera previa a la a elección del escenario o centro de prácticas y a la matrícula.
2. Recibir orientación y asesoría oportuna.
3. Fortalecer su formación artística y pedagógica y de gestión cultural.
4. Participar en las actividades académicas, artísticas y socioculturales del centro de práctica.
5. Proponer estrategias de mejoramiento propias del proceso formativo.
6. Participar en procesos de evaluación de acuerdo a lo estipulado en el Proceso General de Prácticas.
7. Ser respetado en su dignidad personal y profesional.
8. Solicitar, dentro del primer mes de iniciada la práctica, el cambio de escenario o centro de práctica, el cual podrá ser aprobado por una sola vez, siempre y cuando el estudiante argumente una justa causa comprobada, teniendo en cuenta lo estipulado en el convenio.
9. Solicitar, dentro del primer mes de iniciada la práctica, el cambio de asesor, el cual podrá ser aprobado por una sola vez, siempre y cuando el estudiante argumente una justa causa comprobada, teniendo en cuenta lo estipulado en el convenio.
RÉGIMEN DISCIPLINARIO APLICABLE
Los aspectos disciplinarios de los estudiantes en práctica se regirán por el Reglamento Estudiantil de pregrado y por lo establecido en el presente reglamento.
VIGENCIAS Y DEROGATORIA
a. La Resolución 011 de 2006
“Por la cual se reglamenta el Proceso general de Prácticas de la Facultad de Artes” y todas las normas internas de carácter general o particular regulen las prácticas a la fecha de expedición del presente acuerdo, seguirán vigentes hasta tanto terminen las cohortes cobijadas por estas normas.
b. Vigencia
El presente acuerdo rige a partir de su expedición.
Dada en Medellín, a los 20 días, del mes de marzo de 2020