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Consejo Superior

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Funciones e integrantes

Última actualización 29 jul. 2024

El Consejo Superior de la Universidad de Antioquia se reúne ordinariamente el último martes de cada mes y extraordinariamente cuando sea convocado por el Presidente, quien debe citarlo, además, cuando lo soliciten cuatro de los miembros o el Rector.

Entre las funciones del Consejo Superior están el definir las políticas administrativas y de estructura organizativa de la Universidad, velar para que la marcha de la Institución esté acorde con las disposiciones constitucionales y legales, adoptar el Plan de Desarrollo de la universidad y evaluarlo periódicamente, aprobar o modificar planes, proyectos en función de la misión y visión de la Universidad, garantizando una educación pública de calidad que favorezca la preparación de profesionales y ciudadanos que con su excelencia contribuyan al progreso y desarrollo social.

Está integrado por:

  • El Gobernador del departamento de Antioquia, quien lo preside.
  • El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
  • Un representante del Presidente de la República, que haya tenido vínculos con el sector universitario.
  • Un decano en representación de las directivas académicas, designado por el Consejo Académico para un período de dos años.
  • Un representante de los profesores, elegido por los profesores de dedicación exclusiva, de tiempo completo y de medio tiempo en votación universal, directa y secreta, para un período de dos años.
  • Un representante de los estudiantes, elegido por éstos en votación universal, directa y secreta, para un período de dos años.
  • Un egresado graduado de la Institución, elegido por los Representantes de los Egresados ante los Consejos de Facultad, y que no esté vinculado laboralmente con la Universidad, para un período de dos años.
  • Un representante del sector productivo, que haya tenido vínculos académicos de nivel superior, elegido por el Presidente de la Corporación, de candidatos presentados por los gremios empresariales antioqueños, para un período de dos años.
  • Un exrector de la Institución que haya desempeñado el cargo en propiedad, elegido por los exrectores de la Universidad de Antioquia que cumplan la misma condición, para un período de dos años.
  • El rector, con voz y sin voto.
  • El secretario general actúa como secretario del Consejo.

 

Consulta el Estatuto General. Acuerdo Superior N° 1 del 5 de marzo de 1994.

Para ampliar la información de los consejeros de clic en el nombre de cada uno.

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  • Andrés Julián Rendón Cardona, Gobernador de Antioquia - Presidente CSU   

  • José Daniel Rojas Medellín - Ministro de Educación   

  • Wilmar de Jesús Mejía - Representante del Presidente de la República   

  • Wber Orlando Ríos Ortiz - Representante de las Directivas Académicas   

  • Pablo Andrés Cuartas Restrepo - Representante Profesoral -Principal-   

  • Olga Lucía Restrepo Espinosa - Representante Profesoral -Suplente-   

  • Giovani Alberto Caro Uribe - Representante de los Egresados -Principal-   

  • Carlos Freyman Quintero González - Representación de los Egresados -Suplente-   

  • Representación del Sector Productivo   

  • Jaime Restrepo Cuartas - Representante de los Exrectores   

  • John Jairo Arboleda Céspedes - Rector   

  • David Hernández García - Secretario General