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JEP: horrores revelados y esperanzas de cambio

En el conversatorio Dabeiba: avances y desafíos del subcaso en la JEP, la discusión sobre uno de los casos más profundos y complejos de violencia en el país se convirtió en una oportunidad de comprender mejor la Justicia Transicional y Restaurativa y su objetivo final: un cambio en la sociedad.

El pasado martes seis de junio se realizó en la Universidad de Antioquia el conversatorio Dabeiba: avances y desafíos del subcaso en la JEP, un evento organizado por la Unidad Especial de Paz que tenía como evento principal la ponencia del Magistrado de la Jurisdicción Especial para la Paz, Alejandro Ramelli sobre el desarrollo del subcaso Dabeiba, en Antioquia.

Este proceso investigado por la JEP desde el 2019 es de particular relevancia. A pesar de que era uno de los casos donde menos registros y pruebas había, sin mencionar que no había ningún proceso judicial abierto, por medio de ciencia forense y otros métodos que no son comunes para la Jurisdicción, consiguió develar uno de los episodios de violencia más escabrosos y complejos investigados por la JEP.

Detrás de esa complejidad, se escondía una serie de hechos y patrones que permitieron comprender cómo distintas brigadas del Ejército, a lo largo de 40 años y en alianza con grupos ilegales, orquestaron la desaparición y asesinato de decenas de campesinos de Dabeiba, además de hombres y jóvenes de otros municipios y departamentos desempleados o en conducción de drogadicción, que fueron considerados “fungibles” y presentados como guerrilleros o aliados de grupos insurgentes.

Sin embargo, frente a estos avances de la investigación y señalamiento de los culpables detrás de estos horrores, hay algo todavía más importante, que fue explicado por el Magistrado Ramelli, y que permitió comprender mejor la Justicia Transicional y Restaurativa:

“Una de las funciones de la JEP es determinar la verdad”, explicó Ramelli, “pero también es la identificación de los daños causados. No solamente nos interesa saber quién hizo eso, sino cuáles fueron los daños causados, porque esos daños causados deben ser la orientación para el verdadero objetivo de la Justicia Transicional y Restaurativo: reparar los daños”.

Si bien esto podría sonar complejo, en realidad, tal como lo explicó el Magistrado, es bastante simple, y una de las consecuencias de que las víctimas sean el centro del sistema: “Al final del proceso lo que nos importa es el cambio. Que las víctimas puedan finalmente pasar página, que se sientan reparadas. Y la verdad, lo que finalmente las víctimas piden es algo muy simple. En este caso me dijeron una vez: a mí lo único que me interesa es que limpien el buen nombre de mi familia. O sea, que se sepa que esos hombres que fueron asesinados eran inocentes”.

Este último aspecto, la capacidad de poder “sanar los corazones”, como fue resumido por el profesor de la Unidad Especial de Paz, Fredy Chaverra, fue el centro de la segunda parte del evento:

Un conversatorio que dejó profundas reflexiones sobre lo que es realmente la justicia, y al que fueron invitados la directora de la Unidad para la Resolución de Conflictos de la Universidad de Antioquia, Isabel Puerta, abogada experta en justicia transicional y restaurativa; el líder social y coordinador del Consejo Municipal de Paz, Reconciliación y Convivencia, Juan Guillermo Berrio; y el jefe de la oficina asesora de Justicia Restaurativa de la Jurisdicción Especial de Paz, Ariel Sánchez, antropólogo especializado en Estudios de Conflicto y Derechos Humanos.

Una justicia transformadora

La principal diferencia entre la justicia transicional y restaurativa y la justicia ordinaria, tal como lo explicó el Magistrado Alejandro Ramelli antes del conversatorio, es el objetivo final de cada una: mientras que en la justicia ordinaria la sentencia y el castigo es el final de todo, en la Justicia Transicional y Restaurativa es el camino recorrido y las posibilidades de transformación en los actores involucrados:

“Lo importante es que haya un cambio”, comentó el Magistrado, “que usted pueda preguntarse cómo entró al sistema y cómo salió de él, y que haya una diferencia. Que las víctimas sean reparadas, que los victimarios cambien su perspectiva”.

De acuerdo con Isabel Puerta durante su intervención en el conversatorio esto es posible debido a lo que elementalmente es esta justicia: un encuentro de narrativas.

“La víctima”, expuso Puerta, “va a poner en conocimiento del ofensor el alcance del daño que causó. Y es que muchas veces el ofensor no es ni siquiera consciente de eso. Entonces si hay una interlocución entre víctima y victimario, uno va a poder tener consciencia del daño, comprender lo que realmente hizo, y la víctima va a poder conocer la verdad, y por fin, retomar su vida que había quedado pausada, seguir con su vida a pesar del dolor”.

Además, hay una diferencia más entre las dos justicias, una diferencia explicada por Ariel Sánchez y que permite comprender los verdaderos alcances de la Justicia Transicional y Ordinaria: mientras que la justicia ordinaria es una respuesta a una transgresión del contrato social, de las leyes, y busca castigar esa transgresión, la justicia Transicional y Restaurativa es una respuesta al resquebrajamiento del mismo tejido social producto de décadas de violencia.

“Su preocupación entonces”, explicó Sánchez, “no es el castigo que se le pueda imponer a los responsables sobre esa transgresión, sino cómo actuar sobre las consecuencias que tuvo esa transgresión en la sociedad. Está proponiendo una transformación y un ajuste en ese contrato social para poder superar esa violencia y los profundos impactos que ha tenido”.

Se podría decir entonces que la Justicia Transicional y Restaurativa no solo busca un cambio en la víctima y en los victimarios, que puedan “sanar sus corazones” y seguir con sus vidas, sino que también la misma sociedad que ignoró, consintió y sufrió los horrores de las guerra, también pueda pasar página y transformarse, para que esto nunca vuelva a pasar.

 

 
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