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Solicitud de devolución de matrícula

En este formulario podrá diligenciar la solicitud de devolución de matrícula de pregrado o posgrado ante el proceso de Gestión de Facturación y Cartera. Tenga en cuenta que para realizar este trámite se debe generar la constancia de paz y salvo del Sistema de Bibliotecas en este enlace: https://bit.ly/34xK92x y si es estudiante de la Facultad de Ingeniería también debe generar la constancia de paz y salvo de la Facultad, en el sistema PAYSA: http://ingenieria.udea.edu.co/paysa.

Antes de diligenciar este formulario se requiere cumplir con una de las siguientes condiciones:

1. Contar con el saldo a favor registrado en el Portal Universitario/Estudiantes/Ciclo de Vida Académica/Cartera

2. Que se le haya informado oficialmente que tiene el derecho al beneficio de devolución de matrícula.

Importante: Antes de diligenciar el formulario, verifique que tenga activo el inicio de sesión desde el correo institucional @udea, pues a través de este nos seguiremos comunicando con usted.

Se aplica devolución de matrícula solo en los siguientes casos:

  • Cancelación semestre: Resolución Rectoral 15849 de 2002 Artículo 14. "Se efectuará la devolución del 80 por ciento de los derechos de matrícula cuando un estudiante hubiese pagado y no se matriculó, o hubiese cancelado el semestre en las tres primeras semanas de clase".
     
  • No matriculado: Resolución Rectoral 15849 de 2002 Artículo 14. "Se efectuará la devolución del 80 por ciento de los derechos de matrícula cuando un estudiante hubiese pagado y no se matriculó, o hubiese cancelado el semestre en las tres primeras semanas de clase."
     
  • Beca Cultural: Acuerdo 1 de 1981 – Reglamento estudiantil "Exoneración de pagos de derechos de matrícula. La Universidad exonerará de pago semestral de derechos de matrícula a los estudiantes que integren los grupos artísticos ad honorem debidamente organizados y reconocidos por la Universidad, así como a sus deportistas más destacados, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos que para el efecto exijan las disposiciones que reglamentan estos reconocimientos."
     
  • Beca Deportistas: Acuerdo 1 de 1981 – Reglamento estudiantil – Artículo 226. "Exoneración de pagos de derechos de matrícula. La Universidad exonerará de pago semestral de derechos de matrícula a los estudiantes que integren los grupos artísticos ad honorem debidamente organizados y reconocidos por la Universidad, así como a sus deportistas más destacados, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos que para el efecto exijan las disposiciones que reglamentan estos reconocimientos."
     
  • Beca estrato 1 y 2: quienes cumplen con los requisitos de la Resolución Rectoral 35997 de 2012 y tienen saldo a favor en el sistema Ruta >, Portal Universitario/Estudiantes/Ciclo de Vida Académica/Cartera. Si no registra saldo a favor, el trámite no tendrá continuidad.
     
  • Matrícula de Honor: Acuerdo 1 de 1981 – Reglamento estudiantil, modificado por el Acuerdo Superior 180 de octubre de 2000. " Para obtener una matrícula de honor se requiere: a. Haber cursado en el semestre anterior, dieciséis (16) o más créditos. b. No haber habilitado, repetido ni reprobado ningún curso durante el semestre. c. Haber obtenido el promedio crédito más alto, por encima de cuatro cero (4.0), para su programa académico y para su nivel respectivo. d. No tener en la hoja de vida académica sanciones disciplinarias para el semestre académico analizado."
     
  • Mejor estudiante avanzado: Acuerdo Superior 246 de 2002 Artículo 1. " La distinción especial para los alumnos destacados de la Universidad, denominada Mejores Estudiantes Avanzados por Programa, se otorgará a quienes reúnan los siguientes requisitos: a. Haber cursado en cada uno de los semestres del programa actual un mínimo de 14 créditos, y estar matriculado al menos en situación similar. b. No haber perdido, habilitado o repetido materias en el programa actual. c. No tener sanción académica o disciplinaria vigente. d. Tener aprobados por lo menos el 50 por ciento de los créditos del programa actual. e. Tener un promedio crédito acumulado en el programa actual igual o superior a 4.0.
     
  • Otros conceptos aplicables para la devolución de los derechos de matrícula, corresponden a aquellos en los cuales entidades externas realizan el pago por el estudiante o cuando se realizan pagos dobles.
     

Este trámite se podrá realizar hasta el día 20 de cada mes.

NOTA: Si no le aplica ninguno de estos conceptos, por favor no diligencie el formulario.

Si tiene dudas puede comunicarse al correo carteraestudiantes@udea.edu.co

[Ir al formulario]

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