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Generales

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¿Necesitas divulgar tu encuesta en este espacio?

Desde el Portal Universitario dispusimos de esta sección de denominamos Déjate encuestar para apoyar la difusión de sondeos promovidos por miembros de nuestra comunidad académica en la Universidad de Antioquia. Estas encuestas abordan diversos temas y son una oportunidad para expresar sus opiniones, contribuir al diálogo y una gestión del conocimiento efectivo e informado.

Agradecemos su interés en participar en este espacio. Para garantizar la confiabilidad de los públicos de nuestra Universidad es necesario que todos los sondeos que se comparten por este espacio cumplan con las políticas de datos personales de la Universidad de Antioquia. Informando de manera visible al inicio de la encuesta que los datos serán tratados siguiendo las políticas institucionales para garantizar la máxima confidencialidad y notificando que se cumplen con las leyes de protección de datos vigentes.

¿Qué requisitos deben cumplir?

Teniendo en cuenta que la realización de encuestas implica el suministro de información por parte de las personas que las diligencian, que quienes recolectan la información tienen la obligación de salvaguardar la normativa sobre tratamiento de datos personales, la cual se encuentra principalmente vertida a nivel nacional en la Ley 1581 de 2012 y en el Decreto 1377 de 2013. A nivel institucional, deberán seguirse igualmente las disposiciones contenidas en las Resoluciones Rectorales 38017 de 2013 “Por la cual se adopta el Manual de Política de Tratamiento de Información y Protección de Datos Personales de la Universidad de Antioquia y 39994 de 2015 “Por la cual se fijan criterios para la aplicación de la Resolución Rectoral 38017 del 8 de noviembre de 2013”.

Quien realice el estudio o sondeo debe informar de manera expresa, directa y clara cuál es objetivo y en qué consiste el ejercicio investigativo que se adelanta, informando quién es el encargado de la custodia de la información, cómo se almacenarán los datos y por cuánto tiempo; dando garantía de que los datos serán usado solo con los fines del estudio y no podrán ser utilizados por fuera de él y del tiempo en que se custodiará la información.

Claramente las anteriores son regulaciones previas que son de obligatorio cumplimiento para todas las personas y no escapan al caso de las encuestas que se adelantan con fines académicos o investigativos, pues en las mismas se realiza también un tratamiento de datos personales, por lo cual, las personas que participan en las encuestas tienen la obligación de respetar dicha normativa cualquiera sea su calidad de participación o interacción.

Autorización visible y directa

Es necesario que se obtenga la autorización previa y expresa de cada persona que realizará la encuesta, tanto para el tratamiento de sus datos personales como para difundir el resultado de la encuesta si así se pretende; resultado que en todo caso y de contarse con la autorización para difundirlo, deberá ser global y anónimo, es decir, estadístico, no en relación de publicación de la información de una determinada persona, esto es, que nunca pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.

Antes de solicitar la autorización por parte de los participantes se debe identificar el tipo de datos que se van a recolectar en la encuesta, ya que de tratarse de datos personales sensibles o privados, se debe informar sobre esto al momento de solicitar la autorización. 

En relación con la autorización, se reitera la responsabilidad de quien hace el tratamiento de datos personales para disponer de los medios que permitan conservar la misma y asegurar su posterior consulta.

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