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Conoce las respuestas a las preguntas más frecuentes de este proceso

Hasta el 30 de julio de 2025 están abiertas las inscripciones para participar en el proceso de elección del Representante Estudiantil al Consejo Superior Universitario 2025-2027. Aquí te dejamos las respuestas a las preguntas más recurrentes de este proceso.

 

¿Cuál es el calendario de la convocatoria?  

  • Inicio de la convocatoria: 14 de marzo de 2025. 

  • Cierre de inscripción (presencial o virtual): 30 de julio de 2025 hasta las 16:00 horas.

  • Votación electrónica: 11 de septiembre de 2025 desde las 8:00 hasta las 16:00 horas.

¿Cuáles son los requisitos de inscripción?  

Las personas que aspiren a la representación estudiantil, principal y suplente, deben realizar su inscripción ante la Secretaría General. La inscripción puede hacerse de manera presencial en la oficina 337 del bloque 16 de la Ciudad Universitaria, campus Medellín, o a través de correo electrónico dirigido a secretariogeneral@udea.edu.co hasta el 30 de julio del 2025 a las 16:00 horas (hora legal colombiana) en ambas formas de inscripción.  

Los requisitos de inscripción están señalados en el literal c del artículo quinto de la Resolución Rectoral 42577 de 2017, de la siguiente manera: 

  • Hoja de vida con los respectivos soportes. 
  • Propuesta de representación. 
  • Manifestación por escrito de aceptación a la postulación. 
  • Respaldo, no menos de 100 firmas de estudiantes señalando el nombre de cada estudiante, el programa al que pertenece y su documento de identidad. La confirmación de la calidad de los estudiantes que respaldan la postulación con su firma la realizará la Vicerrectoría de Docencia. Un estudiante no podrá respaldar la postulación de más de un aspirante. 


Al momento de la inscripción, cada aspirante informará a la Secretaría General el nombre y el número de identificación de su delegado quien hará parte de la comisión veedora en la jornada de votación electrónica.  

¿Cómo podrán votar las/los electores?  

En la jornada de votación del 11 de septiembre de 2025 podrán participar los estudiantes de pregrado y posgrado que, a más tardar el día 4 del mismo mes, tengan matrícula vigente en los sistemas de información de la Universidad.

¿Qué es el Consejo Superior Universitario?

Es la máxima instancia de dirección y gobierno de la Universidad. Se compone así: el Gobernador del Departamento de Antioquia, quien lo preside; el Ministro de Educación Nacional o su delegado; un representante del Presidente de la República; un decano en representación de las directivas académicas; un representante de los profesores con su respectivo suplente; un representante de los estudiantes con su respectivo suplente; un egresado graduado de la Universidad; un representante del sector productivo; un exrector de la Universidad y el Rector de la Universidad, este último con voz pero sin voto.

¿Cómo se eligen o designan los miembros del Consejo Superior Universitario y por cuánto tiempo?

La Ley 30 de 1992 define las pautas y la Universidad a través de su Estatuto General y otras normas internas ha establecido las reglas para las elecciones y designaciones, todo dentro de las competencias que para ello cuenta, así:

  • El Gobernador de Antioquia, el ministro de Educación Nacional y el representante del presidente de la República participan por derecho propio.
     
  • El representante de los profesores lo elige este estamento mediante votación directa para un periodo de dos años.
     
  • El representante de los estudiantes lo elige este estamento mediante votación directa para un periodo de dos años.
     
  • El representante de los egresados lo eligen los representantes de este estamento en las unidades académicas para un periodo de dos años. El representante de las directivas académicas lo elige el Consejo Académico para un periodo de dos años.
     
  • El representante de los exrectores es elegido directamente por ellos mismos para un periodo de dos años.
     
  • El representante del sector productivo lo designa el Gobernador de Antioquia para un periodo de dos años.
     

¿Cómo se surte el proceso de elección del representante de las y los estudiantes?

El proceso de elección comprende las etapas de:

  • Convocatoria (Para el proceso actual, la convocatoria se hizo a través de la Resolución Rectoral 52165 del 14 de marzo de 2025).
  • Inscripción.
  • Cierre de inscripción, verificación de calidades y cumplimiento de requisitos de los candidatos.
  • Elección.
  • Acreditación de los representantes elegidos para dar iniciar al periodo de dos años correspondiente.
     

¿Quiénes pueden ser elegidos como representante?

Puede ser elegido cualquier estudiante de pregrado o posgrado de cualquier campus universitario que, en la fecha de la elección (11 de septiembre de 2025), tenga matrícula vigente con por lo menos doce créditos de su programa académico. También debe haber cursado y aprobado más del 40% de los créditos del plan de estudio, y tener un promedio acumulado igual o superior a 3.5. Es importante que no haya sido sancionado disciplinariamente y no debe hacer parte de otros espacios de participación convencional como consejos o comités institucionales.

¿Por qué es importante la representación estudiantil en el CSU?

Tener un representante de los estudiantes ante el Consejo Superior hace parte del ejercicio democrático universitario, que le permite a este estamento tener voz y voto en el máximo órgano de gobierno y dirección de la Universidad. La voz y el voto de los estudiantes en este escenario, donde además participan representantes de otros estamentos y sectores sociales, resulta trascendental, toda vez que puede incidir directamente sobre el rumbo de la Universidad y el bienestar de los estudiantes.

¿Qué pasa si en el momento de elección gana el voto en blanco?

El voto en blanco se constituye en una alternativa de decisión de los estudiantes como electores y, si esto sucede, la Resolución Rectoral 42577 de 2017 establece que “Cuando del total de los votos válidos el voto en blanco constituya mayoría, deberá repetirse el proceso de elección sin que se puedan volver a inscribir los candidatos acreditados en dicho proceso”. Si se da este resultado, el proceso de elección se convocará nuevamente.

¿Cuáles son los retos que tendría el representante estudiantil ante el CSU?

  • Existen varios retos, pero uno de los más importantes es el de incrementar el interés y la participación de los estudiantes en las decisiones sobre el destino académico y administrativo de la Universidad.
     
  • Complementar la participación que ya tienen algunos estudiantes en espacios no convencionales (asambleas, colectivos, etc.) para lograr una mayor incidencia en la toma de decisiones.
     
  • Activar diálogos permanentes y recíprocos entre el representante con sus representados, reconociendo cada una de sus formas de participación y representación, respetando la autonomía que tienen e impulsando proyectos colectivos en beneficio de los estudiantes y de la Universidad en general.
     
  • Promover propuestas normativas con alcance estratégico.

     

La participación universitaria da valor a las posibilidades que ofrece la democracia y permite fortalecer la universidad pública, diversa e inclusiva.



Normativa institucional asociada a la convocatoria: 

Archivo PDFEstatuto General (Acuerdo Superior 1 de 1994) artículos 6 y 29 
Archivo PDFResolución Rectoral 52165 de 2025  por la cual se convoca a la elección de los representantes estudiantiles, principal y suplente, ante el Consejo Superior Universitario  
 
Archivo PDFResolución Rectoral 42577 de 2017 por la cual se reglamenta la elección de los representantes estudiantiles ante el Consejo Superior

 

Universitario. Si requiere más información escribe a participacion@udea.edu.co

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