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jueves, 28 de marzo 2024
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Premio a la Investigación Universidad de Antioquia y Premio a la Investigación Estudiantil

Cada año, en la celebración del Día Clásico se hace entrega de las Distinciones Universitarias, dentro de las que se encuentran el Premio a la Investigación Universidad de Antioquia y el Premio a la Investigación Estudiantil. 

Más información sobre las Distinciones Universitarias 2022 AQUÍ.


Criterios de evaluación - Premio a la Investigación Estudiantil (para todas las áreas):

  • La recomendación del profesor de la Universidad de Antioquia, tutor o asesor del trabajo: 10%
  • El aporte artístico, científico, tecnológico o académico de los resultados (publicaciones): 35%
  • La contribución a la formación profesional del estudiante: 25%
  • La novedad y coherencia en aspectos, como hipótesis, metodología y resultados: 30%
     

Criterios de evaluación - Premio a la Investigación Profesoral:

Área de Ciencias de la Salud:

Criterios de evaluación:

  • Formación (hasta 30 puntos)
  • Estudiantes de pregrado (hasta 15 puntos). De 1 a 2 estudiantes: 3 puntos.  3 a 4 estudiantes: 6 puntos. 5 o más estudiantes: 10 puntos
  • Estudiantes de posgrado (hasta 15 puntos). Estudiantes de especializaciones no clínicas: 3 puntos.  Estudiantes de maestría: 7 puntos. Estudiantes de Posgrado: 10 puntos.
  • Relacionamiento con el medio (hasta 20 puntos)
  • Pertinencia en problemas propios de la región, ciudad o país: coherencia con los planes de desarrollo (hasta 10 puntos)
  • Transdiciplinariedad, Transculturidad, Interdisciplinariedad, Interinsitucionalidad: participación de diferentes grupos poblacionales (hasta 10 puntos)
  •  Divulgación, transferencia y apropiación del conocimiento (hasta 45 puntos) 
  • Productos de apropiación social de conocimiento (hasta 15 puntos).
  • Activos de nuevo conocimiento (hasta 10 puntos)
  • Publicaciones (hasta 20 puntos)
  • Proyectos que cumplan con el tiempo de ejecución (hasta 5 puntos)

 

Área de Ciencias Exactas y Naturales, Ingenierías y Económicas:

Criterios de evaluación:

  • Generación de Conocimiento (hasta 50 puntos):
  • Artículos Q1 (hasta 50 puntos): 1-3: 15 puntos, 4-6: 30 puntos, 7-9: 40 puntos, 10 o más: 50 puntos.  Para artículos de más de 6 autores, el puntaje se dividirá por la mitad del número de autores.  Para hacer una mejor valoración considerando el número de autores, es conveniente más dar un valor de 5 puntos por artículos en Q1 (de esta manera 3 artículos dan 15, 6 dan 30, y 10 dan los 50)
  • Libros de investigación – hasta 20 puntos (10 puntos/libro)
  • Capítulos de libro de investigación – Hasta 20 puntos (5 puntos/capítulo)
  • Variedades vegetales – hasta 20 puntos (10 puntos/variedad vegetal)
  • Patentes – Hasta 20 puntos (10 puntos por patente)
  • Producción técnica y tecnológica (hasta 15 puntos): Se reconoce como producción técnica y/o tecnológica: diseño industrial, esquema de circuito integrado, software, planta piloto, prototipo industrial. 5 puntos por producto.
  • Apropiación Social (Hasta 15 puntos):
    • Espacios de formación científica: alianzas realizadas con centros o entidades de ciencia y tecnología reconocidas y dirigidas a fomentar la cultura científica. 5 puntos/convenio.
    • Generación de contenidos divulgativos: artículos de divulgación académica de las actividades de investigación publicados en revistas no científicas que cuenten con comité editorial 3 puntos/artículo
  • Productos de multimedia sobre resultados de investigación (vídeos, emisiones de radio, programas de televisión, páginas web, blogs). 1 punto/producto
  • Cartillas o manuales 3 puntos/cartilla o manual
  • Libros de divulgación: 5 puntos/libro
  • Formación (Hasta 20 puntos):
  • Estudiante de Doctorado (10 puntos/estudiante)
  • Estudiante de Maestría (5 puntos/estudiante)
  • Estudiante de Pregrado (2.5 puntos/estudiante)
  • En caso de vinculación de un estudiante de posgrado se otorgará la mitad del valor asignado. En caso de vinculación de estudiantes de pregrado se otorgará 1 punto/estudiante

 

Área de Ciencias, Sociales y Humanidades y Artes:

Criterios de evaluación:

  • Formación (hasta 20 puntos)
  • Estudiantes de pregrado
  • De 1 a 2 estudiantes: hasta 3 puntos. 
  • 3 a 4 estudiantes: hasta 6 puntos. 
  • 5 o más estudiantes: hasta 10 puntos.
  • Estudiantes de posgrado 
  • Estudiantes de especializaciones no clínicas: hasta 3 puntos. 
  • Estudiantes de maestría: hasta 6 puntos. 
  • Estudiantes de doctorado: hasta 10 puntos.
  • Relacionamiento con el medio (hasta 30 puntos)
  • Pertinencia en problemas propios de la región, ciudad o país: coherencia con los planes de desarrollo (hasta 10 puntos)
  • Transdiciplinariedad, Transculturidad, Interdisciplinariedad, Interinsitucionalidad: participación de diferentes grupos poblacionales (hasta 10 puntos)
  • Aportes en el área de conocimiento: novedad en fuentes, metodologías, hallazgos (hasta 10 puntos)
  • Productos de nuevo conocimiento (hasta 30 puntos)
  • Artículos:
    • Revistas A1 o A2, hasta 5 puntos
    • Revistas B, hasta 4 puntos
    • Revistas C, hasta 3 puntos
    • Revistas D, hasta 2 puntos
  • Libros:
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 90 y 100 puntos: hasta 5 puntos
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 80 y 89 puntos: hasta 4 puntos
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 70 y 79 puntos: hasta 3 puntos
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 60 y 69 puntos: hasta 2 puntos
    • Capítulos de libro:
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 90 y 100 puntos: hasta 5 puntos.
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 80 y 89 puntos: hasta 4 puntos.
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 70 y 79 puntos: hasta 3 puntos.
    • Publicados en editoriales reconocidas por el Comité de Asignación de Puntaje, con una puntuación de entre 60 y 69 puntos: hasta 2 puntos.
  • Obras artísticas: 
    • Creación de obra artística, cortometraje o largometraje, partitura, producción discográfica digital en la que el grupo dirige y/o interpreta obras musicales, concierto público, exposición de artes visuales, realización de videos documentales y video arte, realización de multimedia, guion, dramaturgia, puesta en escena de obra teatral o coreográfica, cuento, poesía, novela, literatura en general, creación periodística: hasta 5 puntos
    • Presentación de ponencias en eventos internacionales: hasta 5 puntos
    • Presentación de ponencias en eventos nacionales: hasta 3 puntos
    • Patentes adquiridas: hasta 5 puntos
  • Productos de apropiación social del conocimiento (hasta 20 puntos)
    • Espacios de formación científica (alianzas realizadas con centros o entidades de ciencia y tecnología reconocidas y dirigidas a fomentar la cultura científica): 
      • Con alcance internacional: hasta 6 puntos 
      • Con alcance nacional: hasta 4 puntos
      • Con alcance regional, departamental o local: hasta 2 puntos
    • Generación de contenidos divulgativos (•Artículos de divulgación de las actividades de investigación o de investigación-creación publicados en revistas no científicas que cuenten con comité editorial; • Productos de multimedia sobre resultados de investigación -vídeos, emisiones de radio, programas de televisión, páginas web, blogs; • Cartillas o manuales; • Libros de divulgación): 
      • Con alcance internacional: hasta 7 puntos 
      • Con alcance nacional: hasta 5 puntos
      • Con alcance regional, departamental o local: hasta 3 puntos
    • Proyectos de investigación o de investigación-creación con participación ciudadana (desarrollo de proyectos o programas de investigación a largo plazo, que involucren la participación activa de comunidades y de grupos ciudadanos en torno a la definición del problema, la estructuración metodológica, su implementación, la recolección e interpretación de datos y en el uso del conocimiento generado para la solución de problemáticas sociales) 
      • Con alcance internacional: hasta 7 puntos 
      • Con alcance nacional: hasta 5 puntos
      • Con alcance regional, departamental o local: hasta 4 puntos

 

Conoce las modificaciones al Premio a la Investigación Universidad de Antioquia adoptadas mediante el Acuerdo Superior 477 de 2022 y reglamentadas por el Acuerdo Académico 591 de 2022.

El Premio a la Investigación se otorga anualmente al profesor o al grupo de profesores de la Universidad de Antioquia que realizan la creación o investigación más destacada por cada una de las áreas del conocimiento.

Con las modificaciones, los investigadores pueden postularse en:

  • Ciencias Exactas y Naturales, Económicas, Ingeniería y Tecnologías
  • Ciencias Médicas y de la Salud
  • Ciencias Sociales, Humanidades y Artes

Consulta las bases del Premio AQUÍ

Cuadro comparativo

 

Acuerdo Superior 083 de 1996 antes de la modificación

Acuerdo Superior 477 de 2022 que modifica artículos del Acuerdo Superior 083 de 1996

Artículo 72. Las distinciones académicas son honores que otorga la Universidad como reconocimiento y estímulo a profesores destacados en actividades de investigación, docencia y extensión, y quienes son presentados como modelo ante la comunidad universitaria.
 
Parágrafo. El Consejo Superior podrá determinar un estímulo económico, por una sola vez, para los profesores honrados con distinciones.

Artículo 1. Modificar el parágrafo del artículo 72 del Acuerdo superior 083 de 1996 así:
 
Parágrafo. El estímulo económico, para los profesores honrados con las distinciones de los artículos 73, 74 y 75 de este capítulo, será de quince (15) Salarios mínimos legales vigentes.

Artículo 73. (Modificado por: AS 140/1998). El Premio a la Investigación Universidad de Antioquia se otorgará anualmente al profesor, o grupo de profesores que hubiere realizado la publicación más destacada como resultado de una investigación. El premio consiste en el Escudo de Oro de la Universidad y un pergamino.
 
Parágrafo 1. Un jurado nombrado por el Comité de Desarrollo de la Investigación, CODI, propondrá al Consejo Académico el nombre del candidato o candidatos seleccionados.
 
Parágrafo 2. Podrán concursar todas las publicaciones derivadas de investigaciones debidamente inscritas, aparecidas entre el primero de septiembre del año inmediatamente anterior y el 31 de agosto del año en que se otorgará el premio.

Parágrafo 3. El premio podrá declararse desierto.

Artículo 2. Modificar el artículo 73 del Acuerdo superior 083 de 1996 así:
 
Artículo 73. El Premio a la Investigación Universidad de Antioquia se otorgará anualmente al profesor, o grupo de profesores de la Universidad de Antioquia que hubieren realizado la creación o investigación más destacada por cada una de las siguientes áreas del conocimiento:

a. Ciencias Sociales, Humanidades y Artes.
b. Ciencias Exactas y Naturales, Económicas, Ingeniería y Tecnología.
c. Ciencias de la Salud.

Podrán concursar las creaciones e investigaciones inscritas en el Sistema Universitario de Investigación cuyo investigador principal sea profesor vinculado, ocasional o de cátedra de la Universidad de Antioquia.
 
La creación o investigación deberá haber concluido en los dos años previos a la fecha en la cual se realiza la postulación al concurso, y los productos de nuevo conocimiento deberán haber sido generados en ese mismo período de tiempo.

La creación o investigación deberá acreditar productos de nuevo conocimiento. con alto impacto académico, social o artístico, y actividades para su divulgación y apropiación social, de conformidad con la reglamentación que expida el Consejo Académico.
 
El premio consiste en el Escudo de Oro de la Universidad, un pergamino y el estímulo económico.
 
Parágrafo. El Comité para el Desarrollo de la Investigación - CODI- fijará los criterios de evaluación por área del conocimiento y nombrará un jurado externo a la Universidad de Antioquia para cada una de ellas. La Vicerrectoría de Investigación presentará al Consejo Académico el nombre de las creaciones o investigaciones que hubieran obtenido el mayor puntaje en la evaluación. El Consejo Académico podrá declarar desierto el premio.

Artículo 78. (Modificado parcialmente por el AS 204/2011) El Consejo Académico reglamentará y otorgará las distinciones anteriores. El premio a la Investigación Universidad de Antioquia se expedirá anualmente, según reglamentación que expida el Consejo Superior Universitario.

Artículo 3. Modificar el artículo 78 del Acuerdo superior 083 de 1996 así:
 
Artículo 78. El Consejo Académico será el competente para reglamentar y otorgar las distinciones anteriores.

Artículo 4. El presente acuerdo rige a partir de su publicación, modifica las normas relacionadas en cada artículo y deroga las normas que le sean contrarias, en especial, el Acuerdo Superior 112 de 1997, el artículo 38 del Acuerdo Superior 204 de 2001 y los artículos 1 y 2 del Acuerdo Superior 396 de 2011.

La Alma Máter entregará en la celebración de sus 219 años el premio a la Investigación al profesor o grupo de profesores de la Universidad de Antioquia que hayan realizado la investigación más destacada por área del conocimiento.

Revive el espacio de socialización de las modificaciones al Premio a la Investigación Universidad de Antioquia AQUÍ o haciendo clic en la siguiente imagen:

 

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