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En 2020 las incapacidades por enfermedad general se cubrirán al 100%

20/12/2019
Por: Universidad de Antioquia

Cerca de 3.600 empleados de la Universidad de Antioquia serán cobijados por este seguro complementario a la ARL, que asumirá el tercio del salario que no es cubierto por la EPS a partir del tercer día de incapacidad por enfermedad general.
 

Desde el 1 de enero de 2020, los empleados administrativos, docentes vinculados y trabajadores oficiales, contarán con una póliza de seguro complementaria a la ARL. Este beneficio permitirá que los servidores no vean afectados sus ingresos en el evento de incapacidad por enfermedad general.

Con ese propósito, Positiva Compañía de Seguros S. A. —empresa que actualmente le presta a la Universidad el servicio de aseguramiento por riesgos laborales—, compensará la parte del salario que no es cubierto por la EPS a partir del tercer día de incapacidad por enfermedad general. La cobertura alcanza un periodo de hasta 30 días en el año por empleado.

«La buena noticia es que logramos esta póliza complementaria que va a cubrir el tercio del salario que no cubre el seguro (EPS) a partir del tercer día de incapacidad. Son más de 3.600 empleados de la universidad los beneficiarios de esta póliza que cubrirá el ciento por ciento del valor del día de incapacidad de hasta por 30 días», dijo John Jairo Arboleda Céspedes, rector de la Universidad de Antioquia.

La póliza comprende adicionalmente un seguro de vida por dos millones de pesos en caso de fallecimiento del empleado. Arboleda Céspedes, resaltó también que la adquisición de esta póliza —con una vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020— es un esfuerzo muy importante al que se llegó con el acompañamiento de la aseguradora y que, se espera, se pueda mantener en los próximos años.

Un logro en pro del bienestar laboral

La buena noticia responde a una preocupación que venía siendo manifestada por los estamentos universitarios desde hace varios años, pues desde diciembre del 2014 se había modificado el reconocimiento del valor total del salario a trabajadores, empleados no docentes y docentes de la Universidad que por razones de enfermedad general o accidente común requerían un tiempo de incapacidad para su recuperación.

En su momento, se explicó que dicha decisión se tomó para que la institución se acogiera a la reglamentación general —definida por la Ley 100 de 1993—, que ordena que cuando un empleado tiene una incapacidad menor de 90 días, se le paga como subsidio de incapacidad el 66 % del salario y cuando supere los 90 días, el 50 % del salario.

Sin embargo, hasta el 2014, la institución, apelando al atributo de autonomía universitaria, venía reconociendo en todos los casos el equivalente al 100 % del salario. Ello motivó varios conceptos jurídicos internos que sugerían que la institución debía acogerse a los términos generales previstos por la Ley.

Así, en diciembre del 2014, esos conceptos jurídicos coincidieron con la adecuación del «software de liquidación de nómina de la institución», siendo en ese contexto cuando la Universidad comenzó a dar aplicación a la decisión de no reconocer el 34 % adicional al porcentaje reconocido por la mencionada Ley 100 de 1993. Dicha decisión no solo motivó el reclamo de los estamentos universitarios afectados, sino también rigurosas consultas, análisis e interpretaciones sobre el marco jurídico que la comprende.

Por ello, la noticia de la adquisición de esta nueva póliza que responde a dichos reclamos, evidencia el trabajo conjunto y la voluntad de la actual administración para encontrar soluciones a dicha situación.  En ese sentido, el rector Arboleda Céspedes, explicó que este importante anuncio se corresponde con una conversación muy fluida que se generó durante el 2019 entre la administración de la Institución, el estamento profesoral, la Asamblea de Profesores, el Ateneo —grupo de representantes profesorales—, la Asociación de profesores, así como también con la Mesa Multiestamentaria.

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